domingo, 3 de abril de 2016

PIRATERÍA DEL SOFTWARE


Se denomina pirateo a la elaboración de copias ilegales de cintas de vídeo o de audio, programas informáticos o productos con marca registrada, que constituyen actos de agresión contra la propiedad intelectual y del Derecho de patentes y marcas, y se consideran como actos punibles en los códigos penales.

Es un acto ilegal en donde una tercera persona, sin autorización del autor ni de la empresa productora, realiza copias de los discos compactos para venderlas y quedarse con todas las ganancias. Como este sujeto no pasa por controles de calidad ni utiliza productos de garantizados, ofrece al público discos más baratos pero de menor calidad y sin garantía de un funcionamiento óptimo. Incurre en el delito de plagio quien difunde como propia una obra ajena, copiándola, reproduciéndola textualmente o tratando de disimular la copia mediante ciertas alteraciones atribuyéndose o atribuyendo a otro la autoría o titularidad.

EL DERECHO DE AUTOR

El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios que afirman los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de autor), por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística, musical, científica o didáctica, esté publicada o inédita.


PARA EL USO DE LICENCIA


La autorización que el titular de los derechos patrimoniales de una obra literaria, artística, musical, audiovisual o de software da a otras personas sobre lo que pueden y no pueden hacer con la obra, se realiza a través de una Licencia de Uso. La licencia es un documento que expresa la voluntad del autor sobre los límites y alcances del uso que pueden hacer las personas respecto a la: 
  • Copia,
  • Reproducción,
  • Modificación,
  • Traducción y
  • Adaptación.
COPYRIGHT:  Esta es la licencia más conocida, y por desgracia, la que más se usa. Se representa mediante una c dentro de un círculo. Normalmente la única persona que puede hacer lo que le plazca con su obra es el autor de esta. En otras palabras, la obra tiene dueño y si la quieres, tienes que pagar por ella además de pedir permiso para utilizarla.


COPYLEFT: Esta licencia y la licencia de Creative Commons guardan una similitud casi casi idéntica, esto se debe a que la licencia Copyleft es la “madre” de Creative Commons. Se representa mediante una c invertida dentro de un círculo y podría ser considerado lo opuesto al copyright.


CREATIVE COMMONTS: Esta licencia es la “hija” del Copyleft y está empezando a tomar mucho poder más en los blogs. Es representada mediante dos c-s dentro de un círculo. La diferencia entre el Copyleft y Creative Commons, es que en esta última tú decides la protección que le quieres dar a la información.







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